1. Esquema Estructural Jerárquico del Título I
El Título I está compuesto por 46 artículos (del 10 al 55) articulados en una cabecera y cinco capítulos estructurados de forma descendente en nivel de exigibilidad:
| División |
Artículos |
Contenido y Nivel de Tutela |
| Artículo de Cabecera |
Art. 10 |
Dignidad humana, libre desarrollo, orden político y paz social. Canon hermenéutico (Declaración Universal de DDHH y tratados ratificados). |
| Capítulo I |
Arts. 11 a 13 |
De los españoles y los extranjeros: nacionalidad, mayoría de edad a los 18 años, sufragio municipal (activo/pasivo), asilo y extradición. |
| Capítulo II |
Arts. 14 a 38 |
Derechos y libertades. Art. 14 pórtico de igualdad formal (máxima tutela con amparo). |
| · Sección 1.ª |
Arts. 15 a 29 |
Derechos fundamentales y libertades públicas: vida, libertad, honor, reunión, asociación, participación política, tutela judicial, educación, huelga. (Reserva Ley Orgánica + Amparo + Procedimiento Preferente y Sumario). |
| · Sección 2.ª |
Arts. 30 a 38 |
Derechos y deberes de los ciudadanos: defensa, tributos no confiscatorios, matrimonio, propiedad, herencia, trabajo, libertad de empresa. (Reserva Ley Ordinaria. Sin amparo, salvo objeción de conciencia art. 30.2). |
| Capítulo III |
Arts. 39 a 52 |
Principios rectores de la política social y económica: familia, Seguridad Social, salud, vivienda digna, discapacidad (ref. 2024), tercera edad, consumidores. (Solo alegables según leyes que los desarrollen). |
| Capítulo IV |
Arts. 53 y 54 |
Garantías de las libertades y derechos: modulación de la eficacia jurídica (art. 53) e institución del Defensor del Pueblo (art. 54). |
| Capítulo V |
Art. 55 |
Suspensión de derechos: suspensión general en estados de excepción y de sitio (55.1) y suspensión individual para bandas armadas/terrorismo (55.2). |
2. Articulado Clave Comentado y Trampas de Examen
Artículo 10: Dignidad y Hermenéutica Constitucional
El artículo 10.1 fija los pilares del sistema: «La dignidad de la persona, los derechos inviolables que le son inherentes, el libre desarrollo de la personalidad, el respeto a la ley y a los derechos de los demás son fundamento del orden político y de la paz social.»
⚠️ TRAMPA DE EXAMEN FRECUENTE:
El tribunal suele sustituir "la paz social" por "la seguridad ciudadana", "el pluralismo político" o "la unidad de España". Ten presente la pareja exacta: orden político y paz social.
Capítulo I (Arts. 11 al 13): Nacionalidad, Mayoría y Extranjeros
- Nacionalidad (Art. 11.2): «Ningún español de origen podrá ser privado de su nacionalidad.» A quien no sea español de origen (adquisición por residencia o naturaleza) sí cabe privarle por causas legalmente tasadas.
- Mayoría de edad (Art. 12): A los 18 años cumplidos.
- Extranjeros y Sufragio (Art. 13.2): Tras la reforma de 1992 (Tratado de Maastricht), los extranjeros pueden disfrutar de derecho de sufragio activo y pasivo exclusivamente en elecciones municipales, siempre bajo criterio de reciprocidad y establecido por tratado o ley.
- Extradición (Art. 13.3): Se excluyen los delitos políticos, «no considerándose como tales los actos de terrorismo».
Sección 1.ª del Capítulo II (Arts. 15 al 29): Núcleo Duro
- Art. 15 (Vida e integridad): Abolición de pena de muerte, con la salvedad textual de «leyes penales militares para tiempos de guerra».
- Art. 16 (Religión y culto): Nadie obligado a declarar sobre su religión o ideología. Principio de Aconfesionalidad estatal con cooperación con la Iglesia Católica y demás confesiones.
- Art. 17 (Libertad y Detención): Plazo máximo de detención preventiva de 72 HORAS. Información inmediata y comprensible de derechos, derecho a no declarar y asistencia de letrado preceptiva. Procedimiento de Habeas Corpus (resuelto en 24h por LO 6/1984). La duración de la prisión provisional se remite a la ley (no la fija la CE).
- Art. 18 (Domicilio y Comunicaciones): Entrada al domicilio requiere consentimiento, resolución judicial o flagrante delito. En cambio, para el secreto de las comunicaciones (18.3) SOLO cabe resolución judicial (no flagrante delito).
- Art. 21 (Reunión y Manifestación): Sin autorización previa. Lugares de tránsito público: comunicación previa (10-30 días naturales). Prohibición solo por razones fundadas de alteración del orden público con peligro para personas o bienes.
- Art. 22 (Asociación): Inscripción a los solos efectos de publicidad. Disolución únicamente por resolución judicial motivada. Prohibidas las asociaciones secretas y las de carácter paramilitar.
- Art. 23 (Participación y Acceso a la Función Pública): Acceso en condiciones de igualdad, mérito y capacidad.
- Art. 24 (Tutela Judicial Efectiva): Prohibición radical de indefensión. Presunción de inocencia, juez ordinario predeterminado y proceso público sin dilaciones indebidas.
- Art. 25 (Legalidad Sancionadora): Prohibición a la Administración civil de imponer sanciones que, directa o subsidiariamente, impliquen privación de libertad.
3. Matriz Maestra de Garantías Constitucionales (Art. 53)
| Nivel |
Preceptos Afectados |
Tipo de Reserva de Ley |
Tutela Jurisdiccional |
Recurso de Amparo |
| Nivel 1 (Máximo) |
Art. 14 + Arts. 15 a 29 (Sección 1.ª) |
Ley Orgánica (Art. 81) que respete contenido esencial |
Procedimiento Preferente y Sumario ante tribunales ordinarios |
SÍ (Art. 53.2 y 161.1.b) |
| Nivel 1 Bis (Singular) |
Art. 30.2 (Objeción de conciencia) |
Ley Ordinaria |
Procedimiento judicial ordinario |
SÍ (Art. 53.2 in fine) |
| Nivel 2 (Protección Alta) |
Arts. 30 a 38 (Sección 2.ª) |
Ley Ordinaria que respete contenido esencial (Art. 53.1) |
Procedimiento judicial ordinario |
NO |
| Nivel 3 (Principios) |
Arts. 39 a 52 (Capítulo III) |
Leyes de desarrollo sectorial |
Solo alegables de acuerdo con lo que dispongan sus leyes de desarrollo |
NO |
4. Matriz de Suspensión de Derechos (Art. 55)
| Derecho Constitucional |
Artículo CE |
Estado de Excepción |
Estado de Sitio |
Suspensión Individual (Terrorismo) |
| Plazo de detención preventiva |
Art. 17.1 y 17.2 |
SUSPENDIBLE |
SUSPENDIBLE |
SUSPENDIBLE (Hasta +48h jud.) |
| Garantías del detenido (asistencia letrada e info) |
Art. 17.3 |
❌ NO SUSPENDIBLE (Salvedad expresa) |
SUSPENDIBLE |
❌ NO SUSPENDIBLE |
| Inviolabilidad del domicilio |
Art. 18.2 |
SUSPENDIBLE |
SUSPENDIBLE |
SUSPENDIBLE |
| Secreto de las comunicaciones |
Art. 18.3 |
SUSPENDIBLE |
SUSPENDIBLE |
SUSPENDIBLE |
| Libertad de circulación y residencia |
Art. 19 |
SUSPENDIBLE |
SUSPENDIBLE |
❌ NO SUSPENDIBLE |
| Libertad de expresión e información |
Art. 20.1.a/d y 20.5 |
SUSPENDIBLE |
SUSPENDIBLE |
❌ NO SUSPENDIBLE |
| Reunión y manifestación |
Art. 21 |
SUSPENDIBLE |
SUSPENDIBLE |
❌ NO SUSPENDIBLE |
| Derecho a la huelga |
Art. 28.2 |
SUSPENDIBLE |
SUSPENDIBLE |
❌ NO SUSPENDIBLE |
| Medidas de conflicto colectivo |
Art. 37.2 |
SUSPENDIBLE |
SUSPENDIBLE |
❌ NO SUSPENDIBLE |
5. Muestra del Banco Oficial de Test (Soluciones Comentadas)
1. Según el artículo 17.2 de la Constitución, ¿cuál es el plazo máximo de la detención preventiva?
A) 24 horas | B) 48 horas | C) 72 horas | D) El fijado por la LECrim
Solución C (Art. 17.2 CE): En el plazo máximo de setenta y dos horas el detenido debe ser puesto en libertad o a disposición judicial. La prisión provisional se remite a la ley.
2. ¿Qué derechos cuentan con recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional?
A) Todo el Título I | B) Art. 14, Sección 1.ª (arts. 15-29) y objeción de conciencia (art. 30) | C) Solo arts. 15 al 29 | D) Capítulo II completo
Solución B (Art. 53.2 CE): El art. 53.2 reserva el amparo al art. 14, a los derechos fundamentales de la Sección 1.ª y a la objeción de conciencia del art. 30.2.
3. En el estado de excepción, ¿qué derecho del artículo 17 NO puede suspenderse?
A) Inviolabilidad del domicilio | B) Libertad de circulación | C) Información de derechos y asistencia de abogado (art. 17.3) | D) Plazo de detención
Solución C (Art. 55.1 CE): El art. 55.1 exceptúa formalmente el apartado 3 del artículo 17 en el estado de excepción.
4. La reforma constitucional aprobada el 17 de febrero de 2024 modificó el artículo 49 para:
A) Regular las pensiones | B) Consagrar los derechos de las «personas con discapacidad» | C) Modificar la sucesión a la Corona | D) Fijar el techo de deuda
Solución B (Art. 49 CE): Sustituyó la terminología de "disminuidos" por "personas con discapacidad", garantizando su inclusión y autonomía.
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